jueves, 30 de septiembre de 2021

Próxima clase: ACUSACIÓN Y VÍCTIMA

"... lo que sucede, en realidad, es que el Estado actúa sólo en nombre del Estado,
utilizando para ello dos mecanismos diversos.
El primero de ellos es hacerla callar cuando la víctima desea hablar.
El segundo —y más terrible— es hacerla hablar cuando desea callar"
(Alberto BOVINO)



Estimadas y estimados, la próxima clase abordaremos al tema del título. Cuentan con el material de lectura en el Drive e indicado en el cronograma.

AGREGADO OBLIGATORIO: Busquen y lean, además, la ley nacional de víctimas (Ley 27372).

Saludos,

CP

martes, 28 de septiembre de 2021

AVISO: MODIFICACIÓN AL CRONOGRAMA DE CLASES

 ENROQUE ENTRE "LÍMITES TEMPORALES..." Y "ACUSACIÓN Y VÍCTIMA"


Estimadas y estimados, por razones de agenda, hemos decidido hacer una pequeña modificación al cronograma de clases.

La clase sobre "Límites temporales al encarcelamiento preventivo" se pasará para el 7 de octubre y la clase sobre "Acusación y víctima" se adelantará al 4 de octubre".

La modificación no afectará a la lógica del curso.

Avisamos con tiempo para que puedan organizar las lecturas.

Saludos,

CP



Próximo jueves: ENCARCELAMIENTO PREVENTIVO

“… La prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas
no debe ser la regla general…” (art. 9.3 PIDCP)

“No se preocupe, señor. Respetamos su principio de inocencia, 
pues a pesar de que lo detenemos preventivamente, 
lo hacemos de modo excepcional...” (Alberto BOVINO)


El próximo jueves abordaremos al tema "encarcelamiento preventivo". 

Como habitualmente, lean. El material, que está en el Drive del curso e indicado en el cronograma de clases.


FRASES CÉLEBRES DE BOVINO:






Saludos,

CP

lunes, 20 de septiembre de 2021

Próxima clase: INDEPENDENCIA y JUEZ NATURAL

¿¿¿???


La próxima clase abordaremos a los temas independencia y juez natural.

Como siempre, los textos están a disposición en el Drive e indicados en el cronograma. Son estos:

- Binder.

- Cafferata Nores.

- Fallo CSJN Rosza (leer las primeras 18 páginas).

- Compendio de jurisprudencia de la Corte IDH.


Saludos,

CP

Clase de hoy: IMPARCIALIDAD

EL JUEZ "ES" IMPARCIAL ¿¿¿???

La próxima clase veremos al tema "imparcialidad frente al caso". La siguiente, veremos "independencia y juez natural".

Hemos alterado el orden originalmente previsto. Pedimos disculpas por ello.


Los textos están indicados en el cronograma y a disposición en el Drive como siempre...


FRAGMENTOS DE UN FALLO COMO TANTOS (PARA RESOLVER UNA RECUSACIÓN):

«las causales de recusación son de interpretación restrictiva, máxime si se advierte que se trata de un acto de singular gravedad, dado el respeto que se debe a la investidura de los magistrados»
(EJEMPLO SOBRE CÓMO LOS JUECES CONFUNDEN TEMOR DE PARCIALIDAD CON ATAQUE PERSONAL)

¿Y QUÉ PASA SI UNA PARTE MANIFIESTA UN TEMOR DE PARCIALIDAD? CONTESTAN ALGO COMO ESTO:
«cabe poner de relieve que la integridad de espíritu, la elevada conciencia de la misión que hemos jurado cumplir y el sentido de la responsabilidad que es dable exigir a quien desempeña la magistratura, nos colocan por encima de tales insinuaciones, por lo que debemos agotar la función encomendada de decir el derecho en el caso, con la tranquilidad y libertad de ánimo que mantenemos y sin mengua alguna de nuestro poder de decisión, exento e independiente de toda prevención, interés o compromiso personal con el clamor de las partes»

«no hubo; no hay; ni habrá desequilibrio procesal alguno por este órgano con relación a éste y a cualesquiera de los otros procesos radicados para su conocimiento»
¿CÓMO PUEDEN SABER DE ANTEMNAO QUE JAMÁS HABRÁ UN CASO EN QUE PUEDA PRESENTARSE UN TEMOR DE PARCIALIDAD?


Nos vemos en la clase. Saludos,

CP

miércoles, 15 de septiembre de 2021

Próxima clase: JUICIO POR JURADOS

"TODOS LOS JUICIOS CRIMINALES... SE TERMINARÁN POR
¿TRIBUNALES TÉCNICOS?"



Estimadas y estimados, e
n esta entrada les dejamos indicaciones para facilitar las lecturas de
l material que tienen en la carpeta de Drive (vean el cronograma, como siempre) y material adicional sobre el tema "juicio por jurados" que deberán ver/leer obligatoriamente para la próxima clase.





Dos clases en una:
BATMAN: Un juez Joker y un jurado Joker
JOKER: Sí Batman, les estoy dando un juicio justo hahaha
(Ser juez y jurado, señal de arbitrariedad)

Originalmente teníamos previstas dos clases para este tema, pero hemos decidido comprimir todo en una sola debido a cuestiones de agenda. 

Como habitualmente, para la primera clase estaba previsto ver y discutir cuestiones generales sobre el juicio por jurados, y en la segunda pretendíamos hacer un pequeño repaso sobre el modo de funcionamiento de un sistema de jurados de tipo clásico y sobre algunas de sus etapas esenciales definitorias (algunas de ellas muy novedosas para nuestros sistemas): el voir dire y las instrucciones del juez al jurado... también la deliberación y el veredicto unánime.

Durante la clase advertirán que un solo encuentro no es suficiente para abordar al tema suficientemente (en rigor, dos tampoco...) pero el tiempo es tirano y, en definitiva, tienen los textos.

Lo siguiente, entendemos, puede servir para compensar lo que necesariamente deberemos dejar afuera debido al recorte.




Videos:

Vean los siguientes videos, que servirán para contextualizar mejor al tema dado lo antes dicho. Compren pochoclos y ya tienen un plan para aprovechar mientras rigen las restricciones de circulación después de las 20 hs.

Conferencia de Alberto BINDER sobre Juicio por Jurados - Mendoza, 2005:


Esta conferencia fue un punto de inflexión en la discusión en torno al
establecimiento del juicio por jurados en Argentina


Exposición en el Senado PBA - Septiembre 2016:

Penna (Voir dire o selección de jurados)

Alejandro Cascio (Instrucciones del juez al jurado)


Videos sobre INSTRUCCIONES del juez al jurado:


- VIDEOS: Instrucciones al jurado en caso Casey Anthony. No es necesario que vean el video completo (instrucciones completas, que dura unos 40 minutos), sino que se aconseja ver los fragmentos Nº 1, 2, 14 a 18 y 19 a 23, todos muy cortitos).

- VIDEO: Fragmento de película "La conspiración". Fíjense cómo el jurado es tratado como una parte esencial del sistema republicano y como garantía contra el autoritarismo (la traducción del video donde dice "un jurado de amigos" es incorrecta, en realidad sería "un jurado de pares" obviamente).


- VIDEO: Veredicto del jurado (inicio a min 1.34) + comprobación del veredicto (min 7.24 a 10.21) + palabras de despedida del juez Elvio Garzón al jurado (min 14.20 a 16.22 -RECOMENDADO-). Caso "Christe", Entre Ríos, 2021:






Fallos y guía de lectura:

Por Alberto Bovino
Esto les va a servir para ordenar ideas y, sobre todo, les va a ayudar a reducir la cantidad de material a leer.


- CSJN, fallo "Canales". Leer el fallo (Drive) y el comentario al fallo del Diario La Ley. LO MAS IMPORTANTE: adecuación constitucional del jurado clásico.

- CSJN, fallo "Casal". Ya deben haberlo leído varias veces. Ahora lean solo los cons. 15, 16, 25, 26, 29, 30, 31 y 34. LO MAS IMPORTANTE: La CN establece al juicio por jurados. Para una revisión amplia no alcanza la mera revisión de los fundamentos de la sentencia, sino que para reducir el margen de lo "no revisable" (inmediación) es necesario que el tribunal revisor acuda cuando sea necesario al análisis de la prueba.

- Nota con comentario al fallo "Mazzon" (TCP PBA). Allí pueden acceder al fallo, pero con leer la nota (muy cortita) es suficiente. LO MAS IMPORTANTE:
* el jurado es una garantía constitucional, una vez activada por el legislador no tiene vuelta atrás (es decir, no puede derogarse sin vulnerar a la Constitución)
* es posible una revisión amplia ante un veredicto de culpabilidad de un jurado.

Nota con comentario al fallo "Ruppel" (TCP PBA). Allí pueden acceder al fallo, pero con leer la nota (muy cortita) es suficiente. LO MAS IMPORTANTE: 
* el juicio por jurados constitucional es el modelo clásico.
* notas definitorias de un juicio por jurados constitucional.

- Nota sobre el fallo "Ramos v. Louisiana". Del mismo modo, también pueden acceder allí al fallo, pero con leer la nota (muy cortita) es suficiente. La Corte Suprema de EEUU estableció que la unanimidad de los veredictos es una exigencia constitucional y que es aplicable a todos los Estados pues se trata de una garantía constitucional federal.

- Fallo Taxquet v. Bélgica (Tribunal Europeo de Derechos Humanos - 2010), subido al Drive. Solo párrafos 71 a 79, 83, 84, 90 a 107 y opinión concordante del juez Debens. También lean cuál fue la acusación concreta (párrafo 10), y con hacerlo entenderán muy rápidamente que el problema no estaba en la falta de expresión de motivos del veredicto sino en la grosera imprecisión de esa acusación (el otro problema había sido la admisión de la declaración de un testigo anónimo y, por lo tanto, imposible de controlar por la defensa).

Un año después de Taxquet, el Tribunal EDH adoptó el fallo "Judge v. Reino Unido" (2011 - no es necesario que lo lean), en el que ratificó los mismos criterios y, a diferencia de lo ocurrido en "Taxquet", entendió que el juicio por jurados se había llevado a cabo correctamente y sin generación de agravios y confirmó la validez del juicio.

Luego, la Corte Interamericana de Derechos Humanos adoptó el fallo conocido como "Nicaragua" (2019), en el que convalidó la validez convencional del jurado clásico asumiendo básicamente los precedentes del TEDH, aunque a mi criterio con mayor precariedad para el desarrollo de argumentos y la detección y el abordaje de los problemas específicos del caso. No es necesario que lean el fallo completo, sólo estos párrafos destacables:

219. En principio, nada excluye que las garantías judiciales recogidas en la Convención Americana sean aplicables al sistema de juicio por jurados, pues sus redactores no tenían en mente un sistema procesal penal específico.

222. El juicio por jurados se ha concebido, además, como una forma de devolver a la sociedad la confianza en el sistema judicial, como forma de democratización y acercamiento de la impartición de justicia a la comunidad, otorgándole a ésta un rol fundamental en aquellos delitos sensibles al orden público.

224. El sistema de valoración de la prueba evidentemente va a moldear el esquema de fundamentación probatoria y, a la postre, la exigencia de motivación o la forma de exteriorización de la fundamentación. Toda vez que histórica y tradicionalmente el veredicto del jurado en un sentido clásico no exigía una motivación o exteriorización de la fundamentación, ya que la apreciación de la prueba se basaba en la íntima convicción de los juzgadores

245. La Corte nota que el procedimiento central en que puede disiparse la posible imparcialidad del jurado es la audiencia de desinsaculación, que en los sistemas anglo-sajones se denomina voir dire.

259. La falta de exteriorización de la fundamentación del veredicto no vulnera en sí misma la garantía de la motivación. En efecto, todo veredicto siempre tiene motivación, aunque como corresponde a la esencia del jurado, no se expresa.

260. Algunos de los Estados de la OEA que implementan el sistema de enjuiciamiento por jurados establecen expresamente diferentes garantías de interdicción de la arbitrariedad en la decisión [aclaración: esas garantías serían el control de la admisibilidad de la prueba, el voir dire, las instrucciones, el veredicto unánime, la comprobación del veredicto, etcétera]

262. La íntima convicción no es un criterio arbitrario. La libre valoración que hace el jurado no es sustancialmente diferente de la que puede hacer un juez técnico, sólo que no lo expresa.





MEMES JURADISTAS:

Y por último, pero no por eso menos importante, compartimos un link para que puedan ver los memes que crearon sus compañeros y compañeras de la materia "Juicio por jurados en la provincia de Buenos Aires" de la Facu, en 2020.

Son realmente geniales.

Pasen y vean ACÁ.


Saludos!

CP

martes, 7 de septiembre de 2021

Próxima clase: MODELOS DE ENJUICIAMIENTO

 JURADO O INQUISICIÓN, esa es la cuestión


Como afirmamos desde el inicio, luego del parcial comenzaremos la segunda parte del curso, en la que abordaremos a las garantías procesales.

La primera clase veremos al tema "modelos de enjuiciamiento", pues las garantías que estudiaremos son propias de un modelo acusatorio de jurados, y conocer sobre el tema de la clase será fundamental para comprender el sentido político de las garantías.



Ya cuentan con el material de estudio enunciado en el cronograma, y disponible desde el inicio del curso en la carpeta de Drive.


Lean también reflexivamente el siguiente cuadro:


Como siempre, estudien! 

Saludos,

CP


jueves, 2 de septiembre de 2021

Próximo lunes: EVALUACIÓN PARCIAL



Tal como ha sido anunciado desde el inicio, el próximo lunes será la evaluación parcial.

Cómo será el parcial

1. Los temas serán los que hayamos visto en el primer módulo.
2. Tendrá tres ejercicios, que muy probablemente consistirán en lo siguiente:
a) Un ejercicio de aplicación de sus conocimientos a algún caso o norma. La máxima extensión serán 400 palabras. Podrían responderlo correctamente en 200. Pero no pueden excederse de 400 palabras. A partir de la 401 ya no leeremos. Este ejercicio vale 5 puntos.
b) Un caso, en el cual deberán proponer cómo lo resolverían y por qué. La máxima extensión para responderla será de 200 palabras. Este ejercicio vale 3 puntos.
c) Una pregunta conceptual, aunque probablemente también vinculada a la aplicación de sus conocimientos a un caso y/o de vinculación entre temas, cuya máxima extensión será de 200 palabras. Este ejercicio vale 2 puntos.
3. Para aprobar el parcial deben contestar —mal o bien— los tres ejercicios. En caso contrario, se dará por desaprobado.
4. El límite máximo de las respuestas es absoluto. El espacio previsto para cada respuesta es mucho mayor al necesario. Por ese motivo, NO PUEDEN excederse ni siquiera en una palabra. ¿Se entiende? La máxima cantidad de palabras incluye las que agreguen en las notas al pie.
5. Deben redactar las respuestas en una hoja A4, a espacio y medio, con tipografía Arial en cuerpo 12.
6. Escriban solo sus nombres y apellidos en el primer renglón. Sabemos cómo se llama la materia, nuestros nombres y que se trata de un parcial.
7. A continuación les ponemos un ejemplo de cómo deben presentar sus respuestas, con el máximo de palabras de cada una, para que vean que tendrán espacio más que suficiente.





8. El lunes 6 a las 20 hs subiremos el examen al blog. Tienen plazo hasta el día siguiente -martes- a las 19.59 hs. para enviar las respuestas. Sin excepción. Deberán enviar las respuestas a la siguiente dirección de correo:
cursogg2020@gmail.com
ACLARACIÓN IMPORTANTE: Solo se leerá y evaluará lo consignado en la "hoja de examen", dentro de los límites de espacio brindados para ello; si hacen aclaraciones en el cuerpo del mail, no serán tenidas en cuenta. Recuerden que no leemos ese mail, sino que solo ingresaremos para "buscar" sus exámenes.

9. ¿Alguna duda o pregunta?


miércoles, 1 de septiembre de 2021

Mañana: lesividad y bienes jurídicos / otros principios

"A veces pienso
Que ya o me haces efecto, y digo
Que ya no te necesito
Que ya no te necesito"
(Fragmento del tema "Chalaman")


La próxima clase completaremos el abordaje de los principios sustantivos que estudiaremos en este curso y veremos a los enunciados en el título.

Como siempre, ya saben cuál es el material de estudio.

Gustavo Bazterrica (izquierda), ex guitarrista de La máquina de hacer pájaros y de
Los abuelos de la nada.
Junto a Andrés Calamaro y Charly García

También será la última clase antes del parcial.

Luego comenzaremos con la parte más larga, en la que abordaremos a las garantías procesales.

Estudien!

CP


LAS NOTAS FINALES Y DESPEDIDA

ESO ES TODO AMIGUES... Estimadas y estimados, este curso ha finalizado. Ha sido un placer para nosotros compartir estas clases con ustedes y...